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Conjunto de acciones profesionales de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento o rehabilitación, dirigidas a fomentar, restaurar o mejorar la salud o el estado físico o psíquico de las personas.
Un gas de origen biológico generado en la descomposición de los residuos orgánicos, formado principalmente por metano y dióxido de carbono.
Combinación de 6 dígitos que identifica a los residuos que figuran en la Lista Europea de Residuos (LER), publicada mediante la Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos, y que está organizada en capítulos y subcapítulos en función de la fuente de origen del residuo. Los residuos que aparecen en la lista con un asterisco (*) se consideran peligrosos.
Es una técnica de estabilización y tratamiento de los residuos orgánicos biodegradables, desarrollada en condiciones controladas, por medio de una actividad microbiológica compleja que actúa descomponiendo esta materia orgánica.
Proceso en el que se produce la descomposición de sustancias orgánicas complejas en otras más simples en condiciones anaeróbicas, es decir, en ausencia de oxígeno.
La recogida, el almacenamiento el transporte, la valorización y la eliminación de los residuos, incluida la vigilancia de los lugares de depósito o vertido después de su cierre.
La persona o entidad, pública o privada, que realice cualquiera de las operaciones que componen la productores, gestión de residuos, sea o no el productor de los mismos.
Se llama lixiviado o percolado a los líquidos que se generan en el módulo de una celda de vertido de un vertedero, a raíz de la degradación de la materia orgáde la inica y como producto de la infiltración del agua de lluvia, que, al atravesar ("percolar") la masa de desechos, disuelve, extrae y transporta ("lixivia") los distintos componentes sólidos, lísos presentes en los quidos o gaseosos presentes en los residuos dispuestos.
Las personas físicas o jurídicas, titulares de industrias y actividades radicadas en Canarias que generen o importen más de 10.000 kilogramos de residuos peligrosos al año.
Las personas físicas o jurídicas, titulares de industrias y actividades radicadas en Canarias que generen o importen menos de 10.000 kilogramos de residuos peligrosos al año.
Las personas físicas o jurídicas, titulares de actividades sanitarias radicadas en Canarias que generen o importen menos de 10.000 kilogramos de residuos peligrosos al año
Las personas físicas o jurídicas, titulares de industrias y actividades radicadas en Canarias que generen lodos de depuradoras, quedando excluidos aquellos que por su composición se clasifiquen como residuos peligrosos, a los que será de aplicación su legislación específica y los procedentes de fosas sépticas.
Se puede entender como la utilización de los residuos que han sido generados dentro de un proceso de producción, con la misma finalidad inicial u otras diferentes.
Cualquier sustancia u objeto del cual su poseedor se desprenda o del que tenga la intención o la obligación de desprenderse.
Aquellos residuos que no tienen la condición antes descrita, generados en el ámbito domiciliario, urbano, comercial, servicios, industrial y agropecuario.
Aquellos que figuren en la lista de residuos peligrosos, aprobada en el Real Decreto 952/1997, así como los recipientes y envases que los hayan contenido. Los que hayan sido calificados como peligrosos por la normativa comunitaria, Orden MAM 304/2002 y los que pueda aprobar el Gobierno de conformidad con lo establecido en la normativa europea o en convenios internacionales de los que España sea parte.
Cualquier sustancia u objeto del cual se desprenda su poseedor o tenga la obligación de desprenderse, generados por actividades sanitarias.
Agrupan a los residuos generados en las actividades domésticas (viviendas), en oficinas, servicios, instituciones (escuelas, hospitales, etc.) y aquellos, que por su naturaleza o composición, puedan asimilarse a los residuos domésticos.
Empleo de un producto usado para el mismo fin para el que fue diseñado originariamente.
Es un recinto con instalaciones complementarias, preparadas para el depósito definitivo de forma controlada de los residuos.
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